Resumen ejecutivo
El Art. 23 — Ley de Impuesto a las Ganancias fija las deducciones personales: la ganancia no imponible, las cargas de familia (cónyuge, hijos y otras cargas) y la deducción especial. Como son montos fijos en pesos, la inflación los licúa y cada año más trabajadores quedan alcanzados por el impuesto sin que su real haya subido. La Ley 26.731 actúa en dos tiempos. Primero, convalida por ley los importes aplicables al período fiscal 2010: 10.800 pesos para la ganancia no imponible, 12.000 por cónyuge, 6.000 por hijo, 4.500 por otras cargas y 10.800 de deducción especial. Segundo, sustituye esos importes en el artículo 23 con efectos desde el período fiscal 2011: 12.960 pesos de ganancia no imponible, 14.400 por cónyuge, 7.200 por hijo, 5.400 por otras cargas y 12.960 de deducción especial; y actualiza la terminología, reemplazando la mención al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones por la del Sistema Integrado Previsional Argentino. Por último, el artículo 4° facultaba al Poder Ejecutivo a incrementar esos montos por sí, para evitar que el impuesto neutralizara los beneficios de la política económica y salarial: esa delegación fue derogada por el Art. 11 — Ley 27.346 en 2016. Los importes de esta ley son históricos: reformas posteriores del artículo 23 los dejaron atrás.Objetivo
Elevar el mínimo no imponible y las deducciones personales del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2011 y dar certeza legal a los importes aplicados en 2010.Problema que resuelve
Las deducciones personales del Impuesto a las Ganancias son montos fijos en pesos: sin actualización, la inflación las erosiona y el impuesto alcanza a trabajadores cuyo poder adquisitivo no aumentó.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes