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Ley 26.732

VigenteNacional

Prorroga de los derechos de exportacion de hidrocarburos

Sanción:21 de diciembre de 2011BO:28 de diciembre de 2011Ver fuente oficial
5artículos
hidrocarburosderechos de exportacionretencionesLey 25.561
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Extiende por cinco anos, a partir de su vencimiento, el derecho de exportacion de hidrocarburos (retenciones) creado por el segundo parrafo del articulo 6 de la Ley de Emergencia Pública, y mantiene las facultades del Poder Ejecutivo para fijar las alicuotas, delegables en el Ministerio de Economia. Aclara que estos derechos tambien alcanzan a las exportaciones desde el Area Aduanera Especial de Tierra del Fuego (Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego)). Hasta que se ejerzan esas facultades siguen vigentes los Decretos 310/2002 y 809/2002 y las Resoluciones 394/2007 y 127/2008. Lo recaudado se destina a la sustentabilidad fiscal.

Objetivo

Prorrogar por cinco anos las retenciones a la exportacion de hidrocarburos y las facultades para fijar sus alicuotas.

Problema que resuelve

El derecho de exportacion de hidrocarburos tenia un plazo de vigencia que estaba por vencer.

A quiénes alcanza

empresas exportadoras de hidrocarburosEstado nacionalMinisterio de Economia
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los exportadores de hidrocarburos deben tributar el derecho de exportacion prorrogado, incluidas las exportaciones desde el Area Aduanera Especial de Tierra del Fuego.

Derechos que reconoce

  • Que las alicuotas y la continuidad de las retenciones se enmarquen en una ley del Congreso con plazo determinado.

Casos de uso

  • Una empresa que exporta petroleo o gas sigue pagando retenciones a la exportacion durante cinco anos mas a partir del vencimiento anterior.

Preguntas frecuentes

Por cinco anos el derecho a la exportacion de hidrocarburos creado por el articulo 6 de la Ley de Emergencia Pública, y las facultades del Poder Ejecutivo para fijar las alicuotas.