Artículo 3Aprovechamiento indebido de subsidios (art. 3 Ley 24.769)
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 3 — Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada) y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 3°: Será reprimido con prisión de tres (3) años y seis (6)
meses a nueve (9) años el obligado que mediante declaraciones
engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, se
aprovechare indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o
cualquier otro subsidio nacional, provincial, o correspondiente a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires de naturaleza tributaria siempre que el
monto de lo percibido supere la suma de cuatrocientos mil pesos
($400.000) en un ejercicio anual.
Qué significa en la práctica
Sustituye el articulo 3 de la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada). Reprime con prision de 3 anos y 6 meses a 9 anos al obligado que, mediante ardid o engano, se aproveche indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o subsidios de naturaleza tributaria (nacionales, provinciales o de CABA), cuando lo percibido supere 400.000 pesos en un ejercicio anual.