Ley 26.735

Artículo 3Aprovechamiento indebido de subsidios (art. 3 Ley 24.769)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 3 — Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada) y sus modificaciones, por el siguiente: Artículo 3°: Será reprimido con prisión de tres (3) años y seis (6) meses a nueve (9) años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, se aprovechare indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o cualquier otro subsidio nacional, provincial, o correspondiente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de naturaleza tributaria siempre que el monto de lo percibido supere la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000) en un ejercicio anual.

Qué significa en la práctica

Sustituye el articulo 3 de la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario — derogada). Reprime con prision de 3 anos y 6 meses a 9 anos al obligado que, mediante ardid o engano, se aproveche indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o subsidios de naturaleza tributaria (nacionales, provinciales o de CABA), cuando lo percibido supere 400.000 pesos en un ejercicio anual.

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