Sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria quienes cuenten con autorización del/la titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada. No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de nombre de pila en ningún caso, salvo autorización del/la titular de los datos. Se omitirá la publicación en los diarios a que se refiere el Art. 17 — Ley 18.248.
Qué significa en la práctica
El acta de nacimiento original (con el género y nombre asignados al nacer) es confidencial. Nadie puede acceder a ella sin el permiso de la persona o una orden judicial expresa. No se publican avisos en diarios sobre el cambio (como sí se exige normalmente para cambios de nombre). Todo el proceso es privado.
Ejemplo práctico
Un banco que pide el acta de nacimiento de una mujer trans no puede acceder al acta original sin el consentimiento de ella
Efectos prácticos
•El empleador, el banco, el hospital: nadie puede saber que hubo un cambio de género sin autorización
•No hay publicación en el Boletín Oficial ni en diarios
•Solo el propio titular o un juez (por orden escrita) puede acceder al acta original