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Ley 26.783

VigenteNacional

Tratado de Extradición con Francia

Sanción:31 de octubre de 2012BO:19 de noviembre de 2012Ver fuente oficial
2artículos
extradicióncooperación penalentrega de personasgarantías
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Aprueba el Tratado de extradición entre la Argentina y la República Francesa (París, 26/07/2011). Regula la entrega recíproca de personas buscadas por la justicia del otro país para ser juzgadas o cumplir condena: define los delitos que dan lugar a extradición según su gravedad, las causales de denegación (delitos políticos, riesgo de persecución, , ), el trámite de la solicitud, la detención preventiva y la regla de especialidad. Complementa el régimen general de cooperación penal internacional (Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal), de aplicación supletoria.

Objetivo

Aprobar el tratado de extradición con Francia.

Problema que resuelve

Sin un tratado bilateral, cada pedido de extradición con Francia se resolvía de manera casuística; el tratado da reglas claras y previsibles a la entrega de personas reclamadas.

A quiénes alcanza

Poder JudicialMinisterio Públicopersonas requeridasEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los Estados deben entregarse recíprocamente, conforme al tratado, a las personas requeridas por la justicia del otro país para ser juzgadas o cumplir condena por delitos que superen el umbral de gravedad previsto.

Derechos que reconoce

  • La persona reclamada goza de las garantías del tratado: no extradición por delitos políticos, principio de especialidad y causales de denegación como la o el .

Casos de uso

  • Si una persona buscada por la justicia argentina se refugia en Francia (o viceversa), el tratado establece el procedimiento para pedir y tramitar su extradición.

Preguntas frecuentes

No. Solo por delitos que alcancen el umbral de gravedad del tratado y que sean punibles en ambos países (doble incriminación); quedan excluidos los delitos políticos.