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Ley 26.817

VigenteNacional

Creación del Parque Interjurisdiccional Marino Makenke (Nación–Santa Cruz)

Sanción:28 de noviembre de 2012BO:14 de diciembre de 2012Ver fuente oficial
2artículos
áreas marinas protegidasconservaciónparques interjurisdiccionalesmanejo conjunto Nación-provincia
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso aprueba el tratado suscripto el 17 de septiembre de 2010 entre el Estado nacional y Santa Cruz que crea el Parque Interjurisdiccional Marino Makenke, en el mar territorial frente a Puerto San Julián. Es un área marina protegida bajo manejo conjunto de la Administración de y la provincia: las decisiones las toma una Comisión Ejecutiva de Manejo (dos representantes de , uno de la provincia y uno del municipio de Puerto San Julián), el mantenimiento se financia por partes iguales entre Nación y provincia, y se aplica la Ley de Parques Nacionales de a las funciones de la APN salvo sus artículos 2° a 5° y 19. El tratado no cede ni de una parte a la otra y respeta los permisos y concesiones previos.

Objetivo

Proteger el ecosistema marino frente a Puerto San Julián creando un área protegida coadministrada por la Nación y la provincia de Santa Cruz.

Problema que resuelve

La franja marina frente a Puerto San Julián carecía de un régimen de protección específico y de un esquema de administración coordinado entre la Nación (que ejerce competencias vía ) y la provincia (titular del originario de sus recursos naturales, Art. 124 — Constitución Nacional).

A quiénes alcanza

provincia de Santa CruzAdministración de Parques Nacionalespescadores y operadores turísticos de la zonainvestigadores y visitantes del área protegida
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Nación y la provincia de Santa Cruz deben administrar el parque en forma conjunta a través de una Comisión Ejecutiva de Manejo y financiar su mantenimiento por partes iguales.
  • Toda reglamentación de las actividades dentro del parque debe ser aprobada por el Directorio de la Administración de y por el Gobernador de Santa Cruz para tener validez.

Derechos que reconoce

  • Se respetan los derechos, concesiones y permisos regularmente adquiridos por particulares con anterioridad a la firma del tratado.
  • Los visitantes tienen garantizado el uso público del área compatible con la conservación de sus atributos naturales y culturales.

Casos de uso

  • Un operador de avistaje de fauna marina frente a Puerto San Julián debe ajustar su actividad a la reglamentación que dicte la Comisión Ejecutiva de Manejo.
  • Un equipo científico que quiere monitorear el ecosistema marino encuentra en el parque un marco que prioriza la investigación como actividad de manejo.

Preguntas frecuentes

Aprueba el tratado entre la Nación y Santa Cruz que crea el Parque Interjurisdiccional Marino Makenke, un área marina protegida frente a Puerto San Julián administrada en conjunto por la Administración de y la provincia.