Ley 26.862

Artículo 6Funciones del Ministerio de Salud

Texto oficial

Funciones. El Ministerio de Salud de la Nación, sin perjuicio de sus funciones como y para llevar a cabo el objeto de la presente, deberá: a) Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el derecho al acceso igualitario de todos los beneficiarios a las prácticas normadas por la presente; b) Publicar la lista de centros de referencia públicos y privados habilitados, distribuidos en todo el territorio nacional con miras a facilitar el acceso de la población a las mismas; c) Efectuar campañas de información a fin de promover los cuidados de la fertilidad en mujeres y varones. d) Propiciar la formación y capacitación continua de recursos humanos especializados en los procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones del Ministerio para asegurar el derecho de acceso a estas prácticas.

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