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Ley 26.879

VigenteNacional

Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual

Sanción:3 de julio de 2013BO:24 de julio de 2013Ver fuente oficial
13artículos
registro de datos genéticosADNdelitos contra la integridad sexualinvestigación penaldatos sensibles
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Crea, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, un registro nacional de perfiles de ADN destinado exclusivamente a esclarecer los delitos contra la integridad sexual (Libro Segundo, Título III, Capítulo II del Código Penal de la Nación Argentina). El Registro almacena la información genética de las personas condenadas con firme por esos delitos —cuyo examen ordena el juez al quedar firme la condena— y, en una sección especial, los perfiles hallados en las víctimas y en las evidencias biológicas de autores aún no individualizados. La información es alfanumérica y sólo identificatoria (no revela características personales), se considera dato sensible y reservado, sólo se entrega a fiscales y jueces en causas por esos delitos, se conserva de modo inviolable por cien años (sin regir la caducidad del Art. 51 — Código Penal de la Nación Argentina) y las muestras de ADN no pueden usarse para ningún otro fin.

Objetivo

Contar con una base nacional de perfiles genéticos que facilite individualizar a los responsables de delitos contra la integridad sexual y esclarecer esos hechos.

Problema que resuelve

No existía un registro nacional centralizado de perfiles genéticos vinculados a delitos sexuales, lo que dificultaba relacionar evidencias biológicas de distintas causas e identificar a autores reincidentes o no individualizados.

A quiénes alcanza

víctimas de delitos contra la integridad sexualpersonas condenadas por esos delitosMinisterio Público Fiscaljueces y tribunales penales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Firme la condena por un contra la integridad sexual, el juez o tribunal debe ordenar los exámenes para la identificación genética del condenado y su inscripción en el Registro.
  • La persona condenada, una vez en libertad, debe informar a la autoridad los cambios de domicilio que efectúe.
  • Las muestras de ADN no pueden utilizarse para ningún fin distinto de la identificación de personas prevista en la ley.

Derechos que reconoce

  • Las constancias del Registro son datos sensibles y reservados: sólo pueden suministrarse a fiscales, jueces y tribunales, y únicamente en una causa donde se investigue alguno de esos delitos.
  • Los datos sólo pueden usarse para identificar personas en causas por delitos contra la integridad sexual, con prohibición de cualquier otro uso del material genético.

Casos de uso

  • El cruce de la evidencia biológica de una causa de abuso sexual con los perfiles del Registro para identificar al autor.
  • La inscripción del perfil genético de una persona condenada por violación una vez firme la .

Preguntas frecuentes

Es una base de datos creada por la Ley 26.879, en el ámbito del Ministerio de Justicia, que almacena perfiles de ADN con el fin exclusivo de esclarecer delitos contra la integridad sexual (los del Libro Segundo, Título III, Capítulo II del Código Penal de la Nación Argentina) e individualizar a los responsables.