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Ley 26.894

VigenteNacional

Prórroga de la emergencia territorial de las comunidades indígenas hasta 2017

Sanción:25 de septiembre de 2013BO:21 de octubre de 2013Ver fuente oficial
3artículos
comunidades indígenasemergencia territorialsuspensión de desalojosrelevamiento territorial
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Emergencia Territorial Indígena declaró la emergencia en materia de y propiedad de las tierras que ocupan tradicionalmente las comunidades indígenas: suspende los desalojos y ordena un relevamiento técnico y jurídico de esas tierras. Esta ley prorroga hasta el 23 de noviembre de 2017 los plazos de sus artículos 1º, 2º y 3º (ya extendidos por la Ley 26.554) y ordena al Poder Ejecutivo asignar las partidas para el Fondo Especial que financia el relevamiento. Mantiene así, por cuatro años más, la protección contra los desalojos y la continuidad del relevamiento territorial.

Objetivo

Extender hasta 2017 la suspensión de desalojos y el relevamiento territorial de las comunidades indígenas.

Problema que resuelve

La emergencia territorial indígena vencía antes de completarse el relevamiento de las tierras comunitarias, dejando a las comunidades expuestas a desalojos.

A quiénes alcanza

comunidades indígenaspueblos originariosINAI
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo debe asignar las partidas necesarias para el Fondo Especial que financia el relevamiento territorial de las comunidades indígenas.

Derechos que reconoce

  • Las comunidades indígenas conservan hasta el 23 de noviembre de 2017 la suspensión de los desalojos y el derecho al relevamiento técnico y jurídico de las tierras que ocupan.

Casos de uso

  • Una comunidad indígena que enfrenta un intento de desalojo y necesita saber si sigue vigente la suspensión.
  • Un organismo que debe continuar el relevamiento territorial de las tierras comunitarias.

Preguntas frecuentes

Hasta el 23 de noviembre de 2017, prorrogando los plazos de los Art. 1 — Ley de Emergencia Territorial Indígena.