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Ley 26.896

VigenteNacional

Prórroga de la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2015

Sanción:9 de octubre de 2013BO:22 de octubre de 2013Ver fuente oficial
3artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria fue declarada por la Ley de Emergencia Pública en 2002 y se fue prorrogando año a año. Esta ley prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015 la vigencia de los Art. 1 — Ley 26.204 (que ya venía extendiendo esa emergencia, junto con las Leyes 26.339, 26.456, 26.563 y 26.729). Entra en vigencia el 1º de enero de 2014 para empalmar sin interrupción con la prórroga anterior. Mantiene vigentes las facultades y regímenes asociados al estado de emergencia.

Objetivo

Mantener vigente el estado de emergencia pública hasta fines de 2015.

Problema que resuelve

El estado de emergencia pública y sus facultades vencían a fin de 2013 y requerían prórroga para seguir aplicándose.

A quiénes alcanza

Estado nacionalsector públicociudadanía
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los sujetos y organismos alcanzados por la emergencia pública siguen sometidos a sus reglas y facultades hasta el 31 de diciembre de 2015.

Casos de uso

  • Un organismo del Estado que necesita saber hasta cuándo rigen las facultades de la emergencia pública.

Preguntas frecuentes

Hasta el 31 de diciembre de 2015, prorrogando los Art. 1 — Ley 26.204.