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Ley 26.921

VigenteNacional

Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para trabajadoras y trabajadores domésticos

Sanción:27 de noviembre de 2013BO:24 de diciembre de 2013Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Adoptado por la Conferencia General de la OIT en Ginebra el 16 de junio de 2011 (27 artículos), el Convenio 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos establece que este colectivo —históricamente excluido de la protección laboral— tiene derecho a condiciones no menos favorables que las del conjunto de los trabajadores: claro, límites a la jornada, , mínimo, seguridad social, protección contra el abuso y la violencia, y regulación del . La Argentina lo acompañó con la Trabajo en Casas Particulares de Régimen Especial de de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Objetivo

Reconocer a las y los trabajadores domésticos los derechos laborales y la protección social del conjunto de los trabajadores.

Problema que resuelve

El trabajo doméstico estaba históricamente subprotegido: sin jornada limitada, sin descanso garantizado ni cobertura social plena, y con alta informalidad.

A quiénes alcanza

trabajadoras y trabajadores domésticospersonal de casas particularesempleadores de servicio doméstico
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado a asegurar a las y los trabajadores domésticos condiciones laborales no menos favorables que las del resto de los trabajadores, incluida la protección social.

Derechos que reconoce

  • Las trabajadoras y trabajadores domésticos tienen derecho a , límites de jornada, , mínimo, seguridad social y protección contra el abuso y la violencia.

Casos de uso

  • Una trabajadora de casas particulares que reclama o registración.
  • Un empleador que debe encuadrar la relación conforme al estándar internacional y a la Trabajo en Casas Particulares.

Preguntas frecuentes

Que las trabajadoras y trabajadores domésticos tienen los mismos derechos laborales básicos que el resto de los trabajadores. El artículo 1° de la ley aprueba este convenio de la OIT.