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Ley 26.929

VigenteNacional

Impuesto interno a los automotores y a los vehículos de alta gama (reforma de la Ley 24.674)

Sanción:19 de diciembre de 2013BO:31 de diciembre de 2013Ver fuente oficial
4artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Reforma la Ley de Impuestos Internos de Impuestos Internos en materia de vehículos. El artículo 28 fija en 10% la tasa sobre los automotores y motores gasoleros, eximiendo las operaciones de hasta $170.000. El artículo 39 rediseña el conocido “impuesto interno a los autos de alta gama”: tasa general del 50% sobre autos, motos, chasis y motores, embarcaciones y aeronaves de recreo, con exención hasta $170.000 (salvo motos, exentas hasta $22.000, y embarcaciones/aeronaves, exentas hasta $100.000) y un tramo intermedio del 30% para los precios inmediatamente superiores. La reforma actualizó los montos frente a la inflación, de modo que solo tributaran los vehículos más caros. Rige para los hechos imponibles posteriores a la publicación de la ley.

Objetivo

Actualizar el impuesto interno a los automotores y a los vehículos, embarcaciones y aeronaves de alta gama, elevando los pisos de exención y ordenando la escala de tasas.

Problema que resuelve

Los montos de exención del impuesto interno a los vehículos habían quedado desactualizados por la inflación, de modo que el gravamen alcanzaba a autos de gama media y no solo a los de alta gama, encareciéndolos.

A quiénes alcanza

compradores de vehículosconcesionarias y fabricantes de automotoresimportadores de vehículos de alta gamaAFIP
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los automotores y motores gasoleros tributan el impuesto interno con una tasa del 10% sobre la base imponible, salvo las operaciones de hasta $170.000, exentas.
  • Los autos, motos, embarcaciones y aeronaves del artículo 38 tributan según la escala del artículo 39 (50% general, 30% en el tramo intermedio, con exenciones por precio).

Derechos que reconoce

  • Derecho a la exención del impuesto interno cuando el precio de venta del vehículo no supera el piso fijado ($170.000 en general, $22.000 para motos y $100.000 para embarcaciones y aeronaves).

Casos de uso

  • Una persona que compra un auto de gama media y quiere saber si paga impuesto interno.
  • Un importador de autos de alta gama que debe calcular la alícuota (30% o 50%) según el precio.
  • Una concesionaria que vende motos y necesita saber el piso de exención aplicable.

Preguntas frecuentes

Reformó los Art. 28 — Ley de Impuestos Internos: mantuvo en 10% la tasa sobre automotores y motores gasoleros (exentos hasta $170.000) y actualizó la escala del impuesto a los autos, motos, embarcaciones y aeronaves de alta gama, con tasa general del 50%, un tramo intermedio del 30% y pisos de exención más altos.