Ley 26.940

Artículo 15Cumplimiento por los organismos

Texto oficial

A los fines del cumplimiento de lo normado por el artículo 13, los organismos públicos o entidades involucradas deberán verificar la inexistencia de sanciones publicadas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), como requisito previo excluyente para dar curso a lo solicitado.

Qué significa en la práctica

Los organismos deben dar cumplimiento a la exclusion de beneficios del articulo 13.

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