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Ley 26.941

VigenteNacional

Nueva escala de multas por infracciones laborales (reforma del Régimen General de Sanciones del Pacto Federal del Trabajo)

Sanción:21 de mayo de 2014BO:2 de junio de 2014Ver fuente oficial
3artículos
infracciones laboralesmultasPacto Federal del Trabajoinspección del trabajotrabajo no registrado
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Reforma el Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales (Anexo II del Pacto Federal del Trabajo, ratificado por la Pacto Federal del Trabajo). El cambio clave es pasar a calcular las multas como porcentaje del Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), lo que las actualiza automáticamente: leves, 25% a 150% del SMVM; graves, 30% a 200% por trabajador; muy graves, 50% a 2.000% por trabajador; obstrucción, 100% a 5.000%. Ante en infracciones muy graves habilita la clausura del establecimiento por hasta 10 días (sin perder los trabajadores su ) y la inhabilitación del empleador por un año para contratar con el Estado. También permite compeler con la fuerza pública la comparecencia a las audiencias.

Objetivo

Actualizar y endurecer el régimen de multas por infracciones laborales, tomando como base el SMVM para que las sanciones no se licúen con la inflación.

Problema que resuelve

Las multas por infracciones laborales estaban fijadas de un modo que quedaba desactualizado con la inflación, restándoles poder disuasivo frente al incumplimiento de las normas de trabajo y al trabajo no registrado.

A quiénes alcanza

empleadorestrabajadoresautoridades administrativas del trabajoinspección laboral
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El empleador infractor debe pagar multas calculadas como porcentaje del SMVM según la gravedad de la infracción (leve, grave o muy grave) y por trabajador afectado.
  • Ante en infracciones muy graves, el empleador puede ser clausurado hasta 10 días e inhabilitado por un año para acceder a licitaciones públicas y contratar con el Estado.
  • Obstruir la actuación de la autoridad del trabajo se sanciona con multa del 100% al 5.000% del SMVM.

Derechos que reconoce

  • Derecho de los trabajadores a seguir cobrando sus remuneraciones durante la clausura del establecimiento dispuesta como sanción.
  • Garantía de servicios mínimos cuando la clausura afecta servicios públicos esenciales.

Casos de uso

  • Un empleador sancionado por trabajo no registrado que quiere saber cómo se calcula la multa.
  • Un inspector del trabajo al que un establecimiento le obstruye la fiscalización.
  • Un trabajador de un establecimiento clausurado que quiere saber si cobra su .

Preguntas frecuentes

Como porcentaje del Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación: leves del 25% al 150%; graves del 30% al 200% por trabajador; muy graves del 50% al 2.000% por trabajador; y la obstrucción del 100% al 5.000%.