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Ley 26.980

VigenteNacional

Convención Interamericana para el cumplimiento de condenas penales en el extranjero

Sanción:27 de agosto de 2014BO:26 de septiembre de 2014Ver fuente oficial
2artículos
cumplimiento de condenastraslado de condenadoscooperación penalOEA
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Aprueba la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero (19 artículos), adoptada en el ámbito de la OEA en Managua el 9 de junio de 1993. Es un instrumento multilateral del continente americano que permite que una persona condenada en un Estado parte sea trasladada, con su consentimiento, para cumplir la pena en el país del que es nacional, con el fin de acercarla a su familia y favorecer su reinserción social. A falta de convenio específico, este tipo de traslado se enmarca en la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal de Cooperación Internacional en Materia Penal.

Objetivo

Permitir que las personas condenadas en un Estado americano cumplan su pena en su país de nacionalidad.

Problema que resuelve

Cumplir una condena lejos del propio país y de la familia dificulta la reinserción; un marco multilateral americano facilita el traslado del condenado a su país sin depender de un tratado bilateral con cada Estado.

A quiénes alcanza

personas condenadasfamiliaresautoridades penitenciarias y judiciales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los Estados parte deben tramitar, conforme a la Convención y con el consentimiento del condenado, el traslado de las personas que reúnan las condiciones para cumplir la pena en su país.

Derechos que reconoce

  • Que la persona condenada pueda cumplir su pena en su país de origen, cerca de su familia.
  • Que el traslado requiera el consentimiento de la persona condenada.

Casos de uso

  • Un argentino condenado en un país americano parte de la Convención solicita el traslado para cumplir el resto de la pena en la Argentina.

Preguntas frecuentes

Que una persona condenada en un Estado americano parte sea trasladada, con su consentimiento, para cumplir la pena en el país del que es nacional.