Resumen ejecutivo
Actualiza integralmente la Ley de Bomberos Voluntarios del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios. Reordena la estructura del sistema (asociaciones como entes de primer grado, federaciones de segundo grado y el Consejo de Federaciones como único ente de tercer grado), fija a la Dirección Nacional de Protección Civil del Ministerio de Seguridad como , crea el Registro Único de Bomberos Argentinos (RUBA) y reconoce la Academia Nacional de Capacitación. Mantiene el financiamiento con la contribución obligatoria del 5‰ de las primas de seguros (excepto vida), no trasladable a los asegurados, y detalla su distribución (78% a las asociaciones, 12% a las federaciones, etc.), con control de la Auditoría General de la Nación. Refuerza los derechos del bombero voluntario: su actividad es carga pública para el empleador, sus certificados de capacitación tienen reconocimiento oficial y los bienes de las entidades son inembargables. Fue promulgada de hecho.Objetivo
Modernizar y fortalecer el marco legal del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, su organización, financiamiento y las protecciones de sus integrantes.Problema que resuelve
La Ley de Bomberos Voluntarios original había quedado desactualizada en la organización institucional del sistema bomberil, la , los registros y las protecciones laborales del bombero voluntario, dificultando el funcionamiento y financiamiento del sistema.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes