Ley 26.996

Artículo 2Crea el Parque Nacional El Impenetrable

Texto oficial

En cumplimiento de lo establecido por la ley de la provincia del Chaco 7317 ya mencionada, y encontrándose reunidos los requisitos previstos por la ley nacional 22.351 —Régimen Legal de los , Monumentos Naturales y Reservas Nacionales— créase el PARQUE NACIONAL “EL IMPENETRABLE”, bajo los términos de dicha ley, el que estará conformado por las tierras referidas en el artículo 1° y en los Anexos I y II de la presente ley, que representan una superficie aproximada de ciento treinta mil hectáreas (130.000 has).

Qué significa en la práctica

Crea el PARQUE NACIONAL "EL IMPENETRABLE" bajo el régimen de la Ley de Parques Nacionales (Régimen Legal de los , Monumentos Naturales y Reservas Nacionales), integrado por las tierras del artículo 1° y de los Anexos I y II, con una superficie aproximada de 130.000 hectáreas. Es el parque nacional más grande del norte argentino, en el Chaco, sobre el río Bermejo.

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