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Ley 27.018

VigenteNacional

Tratado con Sudáfrica sobre Asistencia Legal Mutua en Materia Penal

Sanción:19 de noviembre de 2014BO:16 de diciembre de 2014Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Cuando una investigación penal necesita prueba que está en otro país (un testigo, un documento bancario, el allanamiento de un domicilio), el juez no puede actuar por sí solo fuera de su : tiene que pedir cooperación al Estado extranjero. Sin tratado, ese pedido se rige por la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal de Cooperación Internacional en Materia Penal y depende de la reciprocidad. El Tratado suscripto con Sudáfrica en Pretoria el 28 de febrero de 2007, de veintitrés artículos, fija reglas y canales estables para esa asistencia. La Ley 27.018 (Asistencia penal con Sudáfrica) lo aprueba.

Objetivo

Dar un marco jurídico estable a los pedidos de asistencia en causas penales entre la Argentina y Sudáfrica.

Problema que resuelve

Sin tratado, la cooperación penal entre ambos países dependía de la reciprocidad y de trámites diplomáticos caso por caso, con demoras que podían frustrar la investigación.

A quiénes alcanza

Jueces y fiscalesPersonas imputadas en causas penalesVíctimas y querellantesAbogados penalistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Ambos Estados se obligan a prestarse asistencia en investigaciones y procesos penales, en los términos del tratado aprobado.

Derechos que reconoce

  • Que el Estado argentino quede obligado internacionalmente por el tratado y pueda exigir su cumplimiento a Sudáfrica.
  • Que las partes de un proceso penal cuenten con un canal previsible para obtener prueba ubicada en el otro país.

Casos de uso

  • Una causa por lavado de activos que necesita documentación bancaria en Sudáfrica.
  • La declaración de un testigo que reside en Sudáfrica y es clave en un juicio argentino.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el Tratado entre la República Argentina y la República de Sudáfrica sobre Asistencia Legal Mutua en Materia Penal, suscripto en Pretoria el 28 de febrero de 2007, que consta de 23 artículos.