Volver al listado

Ley 27.045

VigenteNacional

Obligatoriedad de la Educación Inicial desde los Cuatro Años

Sanción:3 de diciembre de 2014Promulgación:31 de diciembre de 2014BO:7 de enero de 2015Ver fuente oficial
2artículos
educación inicialobligatoriedad escolarsala de 4sala de 3
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Obligatoriedad de la Sala de 4 extendió la obligatoriedad escolar a la sala de 4 años (antes empezaba en la de 5) y comprometió al Estado a universalizar la sala de 3, ampliando la educación inicial obligatoria. Modificó la Ley de Educación Nacional.

Objetivo

Extender la obligatoriedad escolar a la sala de 4 años y universalizar la sala de 3.

Problema que resuelve

La educación inicial obligatoria empezaba a los 5 años; ampliar el acceso temprano mejora las trayectorias educativas.

A quiénes alcanza

Niños de 3 y 4 añosFamiliasEscuelasEstado
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debe garantizar la vacante en la sala de 4 y universalizar la sala de 3.
  • Las familias deben escolarizar a sus hijos desde la sala de 4 años.

Derechos que reconoce

  • Los niños de 4 años tienen derecho (y ) a la educación inicial; los de 3 años, a la universalización del servicio.

Casos de uso

  • Una familia inscribe a su hijo de 4 años en el jardín obligatorio.
  • Una amplía las vacantes de sala de 3 en barrios desfavorecidos.

Preguntas frecuentes

Sí. La Ley de Obligatoriedad de la Sala de 4 declaró obligatoria la educación inicial desde los 4 años, extendiendo la obligatoriedad escolar que antes empezaba en la sala de 5.