Jueces con funciones de garantías. Los jueces con funciones de garantías serán competentes para conocer:
a. En el control de la investigación y de todas las decisiones jurisdiccionales que se deban tomar durante la etapa preparatoria;
b. En el procedimiento abreviado cuando se presenten acuerdos plenos;
c. En la suspensión del proceso a prueba.
Qué significa en la práctica
Controlan la investigación y las decisiones jurisdiccionales de la etapa preparatoria, e intervienen en el procedimiento abreviado con acuerdos plenos y en la suspensión del proceso a prueba.