Artículo 5Cargos aceptados: mensura, alambrado y protección de fauna
Texto oficial
Acéptanse los
siguientes cargos previstos en el artículo 5° incisos b), c) y d) de la
ley de la provincia de Santa Cruz 3.306 conforme texto promulgado por
el artículo 1° del decreto provincial 346/2013:
b) Efectuar la mensura administrativa de las áreas cedidas y registrar
los respectivos planos dentro del plazo de tres (3) años de sancionada
la ley de creación del Parque Nacional Patagonia;
c) Instalar el alambrado que fuera necesario para evitar el ingreso de animales domésticos en el área protegida;
d) Promover las acciones de manejo conveniente para proteger la flora y
fauna nativa, especialmente al macá tobiano (Podiceps gallardoi).
Qué significa en la práctica
Acepta los cargos de los incisos b), c) y d) del artículo 5° de la ley provincial 3.306: efectuar la mensura administrativa y registrar los planos dentro de tres años; instalar el alambrado necesario para impedir el ingreso de animales domésticos; y promover el manejo para proteger la flora y fauna nativa, en especial el macá tobiano (Podiceps gallardoi).