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Ley 27.129

VigenteNacional

Monumento Histórico Nacional: la Torre Talero (Neuquén)

Sanción:11 de marzo de 2015BO:1 de abril de 2015Ver fuente oficial
3artículos
Patrimonio históricoMonumentos históricosNeuquén
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Torre Talero, en el establecimiento La Zagala de la ciudad de Neuquén (calles Bejarano y Luis Beltrán), queda incorporada al patrimonio histórico protegido de la Nación. La Monumento Histórico Nacional Torre Talero la declara monumento histórico nacional "en los términos de la Ley de Monumentos Históricos": esa remisión es la que produce el efecto jurídico, porque somete al bien al régimen de tutela del Estado nacional, que condiciona las intervenciones, refacciones o demoliciones sobre él. El artículo 2° pone la instrumentación a cargo de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, del Ministerio de Cultura.

Objetivo

Incorporar la Torre Talero al patrimonio histórico nacional protegido por la Ley de Monumentos Históricos.

Problema que resuelve

Un edificio con valor histórico para la ciudad de Neuquén carecía de protección nacional que impidiera su demolición o alteración.

A quiénes alcanza

Ciudad de NeuquénComisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares HistóricosPropietarios y vecinos del establecimiento La Zagala
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura, debe instrumentar todo lo necesario para el cumplimiento de la declaración (artículo 2°).

Casos de uso

  • Gestionar una intervención, refacción o restauración sobre la Torre Talero.
  • Fundamentar la oposición a una demolición o alteración del edificio.
  • Documentar el patrimonio protegido de la ciudad de Neuquén.

Preguntas frecuentes

Es un edificio situado en las calles Bejarano y Luis Beltrán, dentro del establecimiento La Zagala, en la ciudad capital de la provincia del Neuquén. La Monumento Histórico Nacional Torre Talero la declara monumento histórico nacional (artículo 1°).