Ley 27.158

Artículo 1Entre Ríos, Capital Nacional de los Circuitos Termales

Texto oficial

Declárese Capital Nacional de los Circuitos Termales, a la provincia de Entre Ríos.

Qué significa en la práctica

Declara Capital Nacional de los Circuitos Termales a la provincia de Entre Ríos, que concentra la mayor red de complejos termales del país. El reconocimiento recae sobre la provincia entera —no sobre una ciudad— y no trae fondos, beneficios ni obligaciones: su valor es de posicionamiento turístico.

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