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Ley 27.158

VigenteNacional

Entre Ríos, Capital Nacional de los Circuitos Termales

Sanción:1 de julio de 2015BO:28 de julio de 2015Ver fuente oficial
2artículos
Capitales nacionalesTurismo termalEntre Ríos
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Entre Ríos desarrolló, a lo largo de sus ciudades del río Uruguay y del centro provincial, una red de complejos termales que funciona como circuito turístico integrado: es la provincia con mayor cantidad de parques termales del país. La Capital Nacional de los Circuitos Termales (Entre Ríos) la declara, como provincia entera, Capital Nacional de los Circuitos Termales. Es la declaración más breve posible: un artículo de fondo y la comunicación al Poder Ejecutivo, sin fondos ni obligaciones. Se sancionó el mismo día que la Capital Nacional del Turismo Termal (Termas de Río Hondo), que dio a Termas de Río Hondo el título de Capital Nacional del Turismo Termal: no se superponen, porque este reconoce el circuito provincial y aquel, una ciudad.

Objetivo

Reconocer oficialmente a la provincia de Entre Ríos como sede del principal circuito termal del país.

Problema que resuelve

El circuito termal entrerriano, el más extenso de la Argentina, no contaba con un título nacional que lo distinguiera en la promoción turística.

A quiénes alcanza

Provincia de Entre RíosComplejos y parques termalesSector turístico entrerriano
Análisis jurídico

Casos de uso

Preguntas frecuentes

La provincia entera de Entre Ríos, por el Art. 1.