Resumen ejecutivo
La Universidad Nacional Arturo Jauretche, creada en 2009 con sede en Florencio Varela, necesitaba tierra para crecer. La Ley 27.168 declara de utilidad pública y sujetos a los inmuebles del partido 32 (Florencio Varela), nomenclatura catastral circunscripción 1, sección l, fracción 5, parcelas 1, 2, 3 y 4, con destino a la UNAJ (art. 1°). Autoriza al Poder Ejecutivo a expropiarlos a un precio que no exceda el dictaminado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, conforme el Título IV de la Ley de Expropiaciones, y manda al Jefe de Gabinete a disponer las partidas para pagar la de ley (art. 2°). Las erogaciones se atienden con los recursos que asigne la ley de presupuesto y se autoriza al Poder Ejecutivo a hacer las adecuaciones presupuestarias necesarias en el ejercicio en que la ley entre en vigencia (art. 3°).Objetivo
Dotar a la Universidad Nacional Arturo Jauretche de las tierras necesarias para su desarrollo, mediante la de cuatro parcelas en Florencio Varela.Problema que resuelve
La UNAJ no contaba con la superficie necesaria para expandir su infraestructura y los terrenos requeridos estaban en manos privadas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes