Ley 27.171

Artículo 4La Federación Colombófila Argentina constata año de nacimiento y matrícula

Texto oficial

La Federación Colombófila Argentina debe constatar el año de nacimiento y la matrícula que determine su pertenencia al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo.

Qué significa en la práctica

Le asigna a la Federación Colombófila Argentina la tarea de constatar el año de nacimiento de cada paloma y su matrícula, que es la que determina si pertenece al Registro Nacional de Desarrollo y Potencial Colombófilo. En los hechos, es el control de identidad del animal que compite.

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