Resumen ejecutivo
Da base legal a la patente MERCOSUR. Incorpora al derecho interno, según el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto (Ley 24.560), las Decisiones del Consejo del Mercado Común 53/2010 y 52/2012 y la Resolución del Grupo Mercado Común 33/2014, que armonizan la placa de identificación de los vehículos en el bloque. Para hacerlo posible, sustituye el Art. 25 — Regimen Juridico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58) (decreto-Regimen Juridico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58)/58, t.o. decreto 1.114/97) de modo que las características de la placa se fijen por reglamentación conforme a los acuerdos internacionales, y encomienda a la Dirección Nacional de los Registros del Automotor la adecuación técnica y registral.Objetivo
Habilitar en la Argentina la placa de identificación vehicular unificada del MERCOSUR.Problema que resuelve
Cada país del MERCOSUR tenía su propio formato de patente y el Regimen Juridico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58) definía las características de la placa sin margen para adoptar el estándar regional.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes