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Ley 27.210

VigenteNacional

Ley 27.210 - Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género

Sanción:4 de noviembre de 2015BO:26 de noviembre de 2015Ver fuente oficial
9artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Violencia contra la Mujer reconoció derechos a las víctimas de violencia de género, pero ejercerlos exige un abogado, y muchas víctimas no pueden pagarlo. La Ley 27.210 crea el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, cuya misión es garantizar el de esas personas. Su función central es brindar patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento legal integral en todo el territorio nacional, para todos los tipos y modalidades de violencia de la Ley de Violencia contra la Mujer y también para la violencia ejercida por identidad de género u orientación sexual. El Cuerpo está a cargo de un Director Ejecutivo con rango de Subsecretario de Estado, designado por el Poder Ejecutivo, que debe ser abogado con cinco años de matrícula y experiencia acreditada en violencia de género y derecho de familia. Se completa con una Comisión Interdisciplinaria Asesora ad honorem —derecho, ciencias sociales y salud— que hace informes de riesgo y trabaja para evitar la revictimización. Las abogadas y abogados ingresan por concurso de oposición y antecedentes dentro del SINEP y no pueden ejercer la abogacía privada en casos de violencia de género. Por el Decreto 744/2021, el Cuerpo funciona en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

Objetivo

Garantizar el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia de género mediante patrocinio jurídico gratuito y especializado en todo el país.

Problema que resuelve

Sin abogado no hay causa: las víctimas de violencia de género que no podían pagar un patrocinio quedaban afuera del sistema judicial o llegaban a él sin asistencia especializada, lo que derivaba en denuncias que no prosperaban, revictimización y desistimientos.

A quiénes alcanza

personas víctimas de violencia de género en todos sus tipos y modalidadesvíctimas de violencia por identidad de género u orientación sexualabogadas y abogados que integran el Cuerpooperadores del sistema de administración de justicia
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Cuerpo debe brindar patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento legal integral en todo el territorio nacional a las personas víctimas de violencia de género (artículo 2°, inciso a).
  • El Cuerpo debe capacitar y sensibilizar a los operadores del sistema de administración de justicia y difundir sus servicios (artículo 2°, incisos d y e).
  • Sus integrantes no pueden ejercer la abogacía de manera privada en casos de violencia de género (artículo 8°).
  • El ingreso al Cuerpo debe hacerse por concurso de oposición y antecedentes dentro del Sistema Nacional de (artículo 7°).

Derechos que reconoce

  • Las personas víctimas de violencia de género tienen derecho a patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento legal integral en todo el país, de manera oportuna y efectiva (artículo 2°, inciso a).
  • Ese derecho alcanza todos los tipos y modalidades de violencia de la Ley de Violencia contra la Mujer y también la violencia ejercida por razones de identidad de género u orientación sexual (artículo 2°, inciso a).

Casos de uso

  • Una mujer que denunció violencia y no puede pagar un abogado solicita patrocinio gratuito al Cuerpo.
  • Una víctima quiere constituirse como querellante en una causa penal por violencia de género y pide patrocinio del Cuerpo.
  • Un juzgado requiere un informe de riesgo especializado en una causa de violencia de género.
  • Un abogado particular que interviene en una causa de violencia de género pide asesoramiento técnico a la Comisión Interdisciplinaria Asesora.

Preguntas frecuentes

Es un organismo creado por el Art. 1 cuya misión es garantizar el de las personas víctimas de violencia de género, en consonancia con la Ley de Violencia contra la Mujer. Por la sustitución del artículo 1° dispuesta por el Decreto 744/2021 (B.O. 29/10/2021), funciona en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.