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Ley 27.251

Vetada — no es leyNacional

Emergencia ocupacional y prohibición de despidos sin justa causa por 180 días

Sanción:18 de mayo de 2016Ver fuente oficial
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Ley vetadaEmergencia ocupacionalDespidosVeto e insistencia
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

NUNCA RIGIÓ. Conocido como “ley antidespidos”, el Congreso lo sancionó el 18 de mayo de 2016 y el Poder Ejecutivo lo observó en su totalidad dos días después, con el Veto a la ley antidespidos (B.O. 23/05/2016). Según el propio decreto de veto, el proyecto declaraba la emergencia pública en materia ocupacional por 180 días; prohibía por ese plazo los despidos y suspensiones sin justa causa tanto en el ámbito público como en el privado, aplicándose a todos los trabajadores sin importar la modalidad contractual; disponía la de los actos dictados en contravención; preveía el procedimiento a seguir si se producían despidos en infracción; y no se aplicaba a las contrataciones celebradas después de su entrada en vigencia. El Ejecutivo lo vetó invocando el Art. 83 — Constitución Nacional: sostuvo que alcanzaba solo a los trabajadores registrados, que no distinguía entre modalidades contractuales, que la emergencia ocupacional ya regía hasta el 31 de diciembre de 2017 por la Ley 27.200 y que existía el REPRO como alternativa. El Congreso no insistió con los dos tercios, de modo que el número 27.251 quedó asignado a un proyecto que nunca fue ley. El articulado no está publicado: InfoLeg solo publica el decreto de veto.

Objetivo

Frenar por 180 días los despidos y suspensiones sin justa causa mediante una declaración de emergencia ocupacional.

Problema que resuelve

En 2016 se registraba una ola de despidos y el Congreso buscó una protección temporal del empleo registrado, con de los despidos dispuestos en infracción.

A quiénes alcanza

Trabajadores registrados del sector público y privadoEmpleadores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • NUNCA RIGIÓ. Habría prohibido por 180 días los despidos y suspensiones sin justa causa en el ámbito público y privado, cualquiera fuera la modalidad contractual.
  • NUNCA RIGIÓ. Habría impuesto la de los despidos y suspensiones dispuestos en contravención a esa prohibición.

Derechos que reconoce

  • NUNCA RIGIÓ. Habría dado al trabajador despedido sin justa causa durante la emergencia el derecho a que el despido se declarara nulo, con el procedimiento que el propio proyecto preveía.

Casos de uso

  • Verificar si un despido de 2016 quedaba alcanzado por la “ley antidespidos” (no: fue vetada).
  • Entender por qué el número 27.251 no aparece en el listado de leyes vigentes.

Preguntas frecuentes

No, y nunca lo estuvo. Fue sancionada el 18 de mayo de 2016 y observada en su totalidad por el Veto a la ley antidespidos (B.O. 23/05/2016). El Congreso no insistió con los dos tercios, así que nunca fue ley.

El texto articulado de esta norma aún no está disponible en el visor.

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