Texto oficial
Créase el Consejo de Sustentabilidad Previsional, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que tendrá a su cargo la elaboración de un proyecto de ley que contenga un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario, público, sustentable y de reparto para su posterior remisión por el Poder Ejecutivo nacional a consideración del Honorable Congreso de la Nación.
El Consejo de Sustentabilidad Previsional deberá incorporar como parte integrante del mismo un (1) representante de los trabajadores activos.
El Consejo de Sustentabilidad Previsional deberá cumplir su cometido dentro de los tres (3) años de la entrada en vigencia de la presente ley. Y deberá remitir un informe a la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social cada seis (6) meses.