— Dentro de los ciento ochenta (180) días de promulgada la
presente ley, el Instituto Nacional del Cáncer propondrá al Poder
Ejecutivo su propia estructura orgánico-funcional, estableciendo las
áreas de de cada una de las direcciones que la integran.
Qué significa en la práctica
Norma transitoria: dentro de los 180 días de promulgada la ley, el INC debe proponer al Poder Ejecutivo su propia estructura orgánico-funcional, definiendo las áreas de de cada una de sus direcciones.