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Ley 27.286

VigenteNacional

Nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego (2016-2017)

Sanción:28 de septiembre de 2016BO:24 de octubre de 2016Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por la Ley de entrega voluntaria de armas, permite a cualquier persona entregar de forma voluntaria y anónima armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo, para destruirlas y reducir su circulación. El programa se ejecuta por períodos que el Congreso va renovando. La Ley 27.286 fija un nuevo plazo de ejecución, del 1° de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017, continuando las prórrogas dispuestas antes por el Decreto 560/2008 y por las leyes 26.520, 26.644, 26.792 y 26.919.

Objetivo

Reabrir el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego para el período 2016-2017.

Problema que resuelve

La autorización para ejecutar el programa de desarme voluntario había vencido y había que renovar el período para seguir retirando armas de circulación.

A quiénes alcanza

tenedores de armas de fuegopoblación en generalANMaC y autoridades de aplicación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La del programa (Ley de entrega voluntaria de armas) debe ejecutarlo durante el nuevo período 2016-2017, recibiendo las armas y municiones entregadas y destruyéndolas.

Derechos que reconoce

  • Durante el período 2016-2017, cualquier persona puede entregar de forma voluntaria y anónima armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo, en el marco del programa de la Ley de entrega voluntaria de armas.

Casos de uso

  • Una persona quiere deshacerse de un arma sin trámites ni riesgo penal: durante 2016-2017 puede entregarla en el programa de entrega voluntaria.

Preguntas frecuentes

Un nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por la Ley de entrega voluntaria de armas, desde el 1° de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017.