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Ley 27.311

VigenteNacional

Almirante Brown, Ciudad de las Artes y las Ideas

Sanción:2 de noviembre de 2016BO:23 de noviembre de 2016Ver fuente oficial
2artículos
declaraciones honoríficasculturaidentidad localAlmirante Brown
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de artículo único que declara “Ciudad de las Artes y las Ideas” al municipio bonaerense de Almirante Brown. A diferencia de las “capitales nacionales”, que se asocian a un producto o a un deporte, este título apunta a la producción cultural e intelectual del distrito —el mismo partido cuyo barrio de Adrogué está ligado a Jorge Luis Borges, cuya casa el Congreso declaró bien de interés histórico nacional ese mismo año (Ley 27.268)—. La declaración es simbólica: no asigna fondos, no crea organismos culturales ni le otorga al municipio competencias nuevas. Sirve como respaldo legal de una identidad cultural y como herramienta de promoción.

Objetivo

Reconocer por ley nacional la identidad cultural y artística del municipio de Almirante Brown.

Problema que resuelve

La producción artística e intelectual del distrito no contaba con un reconocimiento oficial de alcance nacional que pudiera usar en su promoción cultural.

A quiénes alcanza

municipio de Almirante Brownartistas y gestores culturales del distrito
Análisis jurídico

Casos de uso

  • El municipio de Almirante Brown usa el título en su comunicación institucional y en la promoción de su agenda cultural.
  • Un colectivo de artistas del distrito invoca la designación para respaldar una convocatoria cultural.

Preguntas frecuentes

Declara Ciudad de las Artes y las Ideas al municipio de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires (art. 1°).