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Ley 27.317

VigenteNacional

Monumento Histórico Nacional: el edificio de la Escuela Normal “Doctor Juan Gregorio Pujol” (Corrientes)

Sanción:2 de noviembre de 2016BO:2 de diciembre de 2016Ver fuente oficial
3artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Escuela Normal “Doctor Juan Gregorio Pujol”, que lleva el nombre del gobernador correntino del siglo XIX, funciona en el edificio de General Simón Bolívar 1148, en la capital de Corrientes. La ley lo declara monumento histórico nacional en los términos de la Ley de Monumentos Históricos y lo hace con un fin explícito: la mejor preservación, conservación y guarda del objetivo áulico del edificio, es decir, para que se conserve y siga siendo una escuela. A partir de la declaración el inmueble queda bajo la custodia y conservación del gobierno federal, en concurrencia con las autoridades correntinas, y no puede repararse, restaurarse, demolerse, transferirse ni gravarse sin la intervención de la Comisión Nacional.

Objetivo

Proteger el edificio de la Escuela Normal “Doctor Juan Gregorio Pujol” de la ciudad de Corrientes y resguardar su destino educativo bajo el régimen nacional de monumentos históricos.

Problema que resuelve

El edificio escolar, uno de los hitos arquitectónicos y educativos de la capital correntina, carecía de protección patrimonial nacional frente a reformas, deterioro o cambio de destino.

A quiénes alcanza

Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes HistóricosProvincia de Corrientescomunidad educativa de la Escuela Normal “Doctor Juan Gregorio Pujol”
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos debe instrumentar todo lo atinente al cumplimiento de la ley (art. 2°).
  • Por remisión a la Ley de Monumentos Históricos, el edificio no puede ser reparado, restaurado, destruido en todo o en parte, transferido, gravado ni enajenado sin aprobación o intervención de la Comisión Nacional.
  • La declaración se dispone a los efectos de la mejor preservación, conservación y guarda del objetivo áulico del edificio (art. 1°).

Casos de uso

  • Una obra de restauración de la fachada o de las aulas: requiere el visto bueno de la Comisión Nacional.
  • Un planteo de la comunidad educativa frente a un proyecto que altere el edificio o su uso escolar.

Preguntas frecuentes

En la calle General Simón Bolívar 1148, ciudad capital de la provincia de Corrientes: es el edificio donde funciona la Escuela Normal “Doctor Juan Gregorio Pujol” (art. 1°).