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Ley 27.381

VigenteNacional

Feria de Mataderos declarada patrimonio inmaterial y de interés nacional

Sanción:7 de septiembre de 2017BO:2 de octubre de 2017Ver fuente oficial
3artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley reconoce a la Feria de las Artesanías y Tradiciones Populares Argentinas -conocida como Feria de Mataderos- como parte del patrimonio inmaterial de la República Argentina, en los términos de la Ley 26.118 (Convención UNESCO sobre patrimonio cultural inmaterial), y declara de interés nacional su preservación, difusión y promoción. La feria se celebra ininterrumpidamente en el barrio de Mataderos, en la Ciudad de Buenos Aires, desde 1986, y reúne artesanías, danzas, música y tradiciones criollas. La declaración es de alcance honorífico y promocional: valora y visibiliza la feria, pero no designa un organismo de aplicación ni asigna fondos ni impone obligaciones concretas.

Objetivo

Reconocer y valorar como patrimonio inmaterial y de interés nacional a la Feria de Mataderos y las tradiciones populares que expresa.

Problema que resuelve

La Feria de Mataderos, referente de las tradiciones populares argentinas, carecía de un reconocimiento legal nacional que respaldara su preservación y difusión.

A quiénes alcanza

artesanos y feriantes de la Feria de Mataderosvecinos del barrio de Mataderospúblico de la feria
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Un feriante o artesano de la Feria de Mataderos que invoca el reconocimiento como patrimonio inmaterial nacional para respaldar la promoción y difusión de la feria.
  • Un vecino o visitante que consulta el estatus legal de la Feria de Mataderos como patrimonio de la Nación.

Preguntas frecuentes

Declara a la Feria de las Artesanías y Tradiciones Populares Argentinas (Feria de Mataderos) parte del patrimonio inmaterial de la Nación, en los términos de la Ley 26.118, y de interés nacional su preservación, difusión y promoción (art. 1° y 2°).