Resumen ejecutivo
La Ley de Emergencia Territorial Indígena (2006) declaró la emergencia en materia de y propiedad de las tierras que ocupan tradicionalmente las comunidades indígenas: suspendió por cuatro años la ejecución de sentencias y actos de desalojo y ordenó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) relevar técnica, jurídica y catastralmente esos territorios, con un Fondo Especial para financiarlo. Como el relevamiento nunca se completó en plazo, la emergencia se fue prorrogando: primero por la Ley 26.554, después por la 26.894 y, con esta Ley 27.400, hasta el 23 de noviembre de 2021. La ley también ordena al Poder Ejecutivo asignar las partidas para el Fondo Especial. Importante sobre su vigencia: el plazo que fijó esta ley venció en noviembre de 2021, pero la emergencia no cesó: fue vuelta a prorrogar por el 805/2021 hasta noviembre de 2025. Esta ley no fue derogada; su efecto (extender el plazo hasta 2021) quedó superado por esa prórroga posterior.Objetivo
Extender hasta noviembre de 2021 la suspensión de los desalojos de comunidades indígenas y el relevamiento de sus territorios previstos en la Ley de Emergencia Territorial Indígena.Problema que resuelve
El relevamiento territorial ordenado por la Ley de Emergencia Territorial Indígena no se completó en los plazos originales, y sin prórroga se reactivaban los desalojos de comunidades indígenas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes