Resumen ejecutivo
Es la ley que impuso circular con las luces bajas encendidas en rutas nacionales de día y de noche, sin importar la luz natural. Reordena además todo el régimen del artículo 47 sobre uso de luces (alta, baja, destello, balizas, rompenieblas) y obliga a fabricantes e importadores a incorporar en los 0 km un dispositivo que encienda las luces automáticamente al arrancar el motor. Deroga la Ley de luces bajas encendidas en ruta, que regulaba el tema de forma más limitada.Objetivo
Aumentar la visibilidad de los vehículos en ruta y reducir la siniestralidad vial.Problema que resuelve
La de encender las luces en ruta era parcial y de cumplimiento errático, y dependía de que el conductor se acordara de hacerlo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes