Resumen ejecutivo
La ley reforma el régimen de financiamiento de la política sancionado en 2007. El cambio central es la reincorporación de las personas jurídicas (empresas) como aportantes de los partidos, prohibidas hasta entonces. A cambio, exige que todo aporte en dinero se canalice por transferencia, medios electrónicos, cheque, tarjeta o plataformas digitales que identifiquen al donante y permitan trazar el aporte, eliminando el efectivo y las donaciones anónimas; fija topes por persona (2% anual), obliga a declaración jurada del aportante y regula los aportes en especie. Refuerza el control: crea el Cuerpo de Auditores Contadores de la Cámara Nacional Electoral (financiado con al menos el 7% del Fondo Partidario Permanente), habilita el acceso a información financiera levantando el secreto bancario y fiscal (con colaboración de la UIF), regula la publicidad electoral en radio, TV y por primera vez en redes sociales y plataformas digitales, y sustituye el capítulo de sanciones del Código Electoral por un procedimiento sancionatorio oral y célere. Fue promulgada parcialmente: el Poder Ejecutivo observó algunos párrafos.Objetivo
Transparentar y controlar el financiamiento de los partidos políticos y de las campañas electorales, exigiendo trazabilidad de todos los aportes.Problema que resuelve
El régimen anterior admitía aportes en efectivo difíciles de rastrear y prohibía el aporte de empresas, lo que empujaba parte del financiamiento a canales informales y opacos; el control patrimonial era débil y no había reglas para la publicidad en internet y redes sociales.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes