Artículo 6Escrituración por la Escribanía General de Gobierno de la Nación
Texto oficial
La escritura traslativa de se realizará por ante la
Escribanía General de Gobierno de la Nación, como asimismo los trámites
de inscripción respectivos.
Qué significa en la práctica
La escritura traslativa de y los trámites de inscripción registral se realizan ante la Escribanía General de Gobierno de la Nación, que es el escribano del Estado nacional.