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Ley 27.602

VigenteNacional

Prohibición de microperlas de plástico en cosméticos y productos de higiene oral

Sanción:30 de noviembre de 2020BO:29 de diciembre de 2020Ver fuente oficial
5artículos
microplásticoscosméticoscontaminaciónANMAThigiene oral
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley prohíbe la producción, importación y comercialización de cosméticos y productos de higiene oral (pastas dentales, enjuagues, exfoliantes, etc.) que contengan micro-perlas de plástico añadidas intencionalmente, es decir, partículas sólidas sintéticas de menos de cinco milímetros, insolubles en agua y de baja degradabilidad. Estas micro-esferas atraviesan las plantas de tratamiento de efluentes y terminan contaminando cursos de agua y la cadena alimentaria. La prohibición entró en vigor a los dos años de la publicación (para permitir reformular los productos). Las infracciones se sancionan como graves o muy graves según la Ley de Medicamentos, y la ANMAT es la .

Objetivo

Eliminar del mercado los cosméticos y productos de higiene oral con micro-perlas de plástico para reducir la contaminación por microplásticos.

Problema que resuelve

Muchos cosméticos y dentífricos contenían micro-perlas de plástico que, por su tamaño, no eran retenidas por las plantas de tratamiento y terminaban contaminando el agua y la fauna, sin que existiera una prohibición legal.

A quiénes alcanza

fabricantes e importadores de cosméticosfabricantes de productos de higiene oralconsumidoresANMAT
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los fabricantes, importadores y comercializadores tienen prohibido producir, importar o vender cosméticos y productos de higiene oral con micro-perlas de plástico añadidas intencionalmente (desde los dos años de publicada la ley).
  • Las infracciones se sancionan como graves o muy graves conforme a la Ley de Medicamentos y sus reglamentaciones, bajo control de la ANMAT.

Derechos que reconoce

  • Los consumidores y el ambiente quedan protegidos frente a la contaminación por microplásticos provenientes de cosméticos y productos de higiene oral.

Casos de uso

  • Una empresa de cosméticos que debe reformular sus exfoliantes para eliminar las micro-perlas de plástico antes de que rija la prohibición.
  • Un que confía en que las pastas dentales y cosméticos que compra no contienen microplásticos añadidos intencionalmente.

Preguntas frecuentes

Producir, importar y comercializar productos cosméticos y de higiene oral odontológica que contengan micro-perlas de plástico añadidas intencionalmente (art. 1°).