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Ley 27.606

VigenteNacional

Transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las facultades y funciones de seguridad no federales y su financiamiento

Sanción:10 de diciembre de 2020BO:28 de diciembre de 2020Ver fuente oficial
8artículos
traspaso de la policía a la Ciudadfinanciamiento de la seguridadcoparticipación federalrelaciones Nación-Ciudad
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

En 2016 el Estado nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires firmaron el Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en Todas las Materias No Federales, es decir el traspaso de la policía y de las funciones de seguridad ordinaria de la Ciudad. Esta ley, de diciembre de 2020, aprueba ese convenio (artículo 1°) y define su financiamiento. El gasto anual y su actualización trimestral deben acordarse en forma bilateral entre el Poder Ejecutivo nacional y la Ciudad dentro de los sesenta días corridos desde la sanción, con intervención técnica de la Comisión Federal de Impuestos (artículo 2°). Hasta que ese acuerdo entre en vigencia, el Tesoro nacional transfiere en forma mensual y automática la doceava parte de $24.500.000.000, a cuenta del monto definitivo, actualizada trimestralmente por un índice compuesto en un 80% por el promedio de la Policía Federal Argentina y en un 20% por el índice de precios al de la Ciudad (artículo 3°). El artículo 4° establece que, con la participación que corresponda por el Art. 8 — Coparticipacion Federal de Impuestos más las sumas destinadas al gasto del convenio, queda cumplida la exigencia del artículo 75, inciso 2, quinto párrafo, de la Constitución Nacional, que prohíbe transferir competencias sin la asignación de recursos correspondiente.

Objetivo

Aprobar el convenio de traspaso de las funciones de seguridad no federales a la Ciudad de Buenos Aires y establecer el mecanismo de financiamiento de esa transferencia.

Problema que resuelve

La Ciudad había recibido funciones de seguridad que antes ejercía la Nación, pero el convenio que instrumentó ese traspaso no había sido aprobado por ley y el financiamiento se discutía sin un mecanismo legal explícito.

A quiénes alcanza

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresEl Estado nacional y el Tesoro nacionalLa Policía de la Ciudad y los vecinos alcanzados por el servicio de seguridad no federal
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional y el Gobierno de la Ciudad deben acordar en forma bilateral, dentro de los sesenta días corridos de la sanción, el gasto anual de la transferencia y su mecanismo de actualización trimestral (artículo 2°).
  • La Comisión Federal de Impuestos debe intervenir para emitir una opinión técnica sobre el monto anual de los componentes efectivamente transferidos a la Ciudad en 2016 (artículo 2°).
  • Hasta la entrada en vigencia de ese acuerdo, el Tesoro nacional debe transferir mensual y automáticamente la doceava parte de $24.500.000.000, actualizada trimestralmente por un índice compuesto 80% por el promedio de la Policía Federal Argentina y 20% por el IPC de la Ciudad (artículo 3°).
  • El Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio debe contemplar el financiamiento de estos gastos (artículo 2°).

Derechos que reconoce

  • La Ciudad de Buenos Aires percibe las sumas destinadas a atender el gasto del convenio de seguridad, además de la participación que le corresponde por el Art. 8 — Coparticipacion Federal de Impuestos (artículo 4°).
  • El traspaso de competencias queda acompañado de la asignación de recursos que exige el artículo 75, inciso 2, quinto párrafo, de la Constitución Nacional (artículo 4°).

Casos de uso

  • La determinación del monto que la Nación gira mensualmente a la Ciudad para financiar la seguridad no federal.
  • La discusión sobre los recursos que acompañan a una transferencia de competencias entre la Nación y la Ciudad.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en Todas las Materias No Federales, celebrado entre el Estado nacional y el Gobierno de la Ciudad el 5 de enero de 2016, cuyo texto se acompaña como Anexo.