Artículo 5Plazo de 60 días para concluir la transferencia
Texto oficial
El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los
efectos de concluir las respectivas transferencias en el término de
sesenta (60) días de entrada en vigencia de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Ordena al Poder Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para concluir la transferencia dentro de los 60 días de entrada en vigencia de la ley.