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Ley 27.652

VigenteNacional

Estrategia integral para las trayectorias educativas afectadas por la pandemia de COVID-19

Sanción:28 de octubre de 2021BO:15 de noviembre de 2021Ver fuente oficial
10artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley responde al impacto de la pandemia de COVID-19 sobre la escolaridad, estableciendo una estrategia integral para garantizar el derecho a la educación de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos cuyas trayectorias escolares se vieron interrumpidas. En cumplimiento de la Ley de Educación Nacional 26.206, ordena al Ministerio de Educación -junto con las jurisdicciones en el Consejo Federal de Educación y en articulación con Desarrollo Social, Salud y Cultura- desplegar programas de educación inclusiva para asegurar el acceso, la permanencia y la terminalidad de los niveles obligatorios. Entre sus herramientas están el seguimiento pedagógico desde la matriculación, los mapas georreferenciados de riesgo de abandono, la inclusión digital, la distribución de equipamiento a los sectores más vulnerables y la formación docente. Prevé un sistema de seguimiento y evaluación con informes anuales, convoca a la participación social y dispone que los gastos se incluyan en el Presupuesto nacional.

Objetivo

Garantizar la continuidad y terminalidad de las trayectorias escolares afectadas por la pandemia mediante una estrategia integral de acompañamiento.

Problema que resuelve

La pandemia de COVID-19 interrumpió la escolaridad presencial y profundizó el riesgo de abandono y las desigualdades educativas, sin una estrategia nacional específica para recuperar y sostener las trayectorias escolares.

A quiénes alcanza

estudiantes de la educación obligatoriafamiliasdocentes y equipos escolaresjurisdicciones educativas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Ministerio de Educación de la Nación, junto con las jurisdicciones en el Consejo Federal de Educación, debe promover programas de educación inclusiva que garanticen el acceso, la permanencia y la terminalidad de la educación obligatoria de quienes vieron afectadas sus trayectorias escolares.
  • La debe desarrollar un sistema de seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos y publicar informes anuales sobre el desarrollo de los programas.
  • Los ministerios de Desarrollo Social, Salud y Cultura deben poner a disposición los recursos necesarios para cumplir los objetivos de la ley.

Derechos que reconoce

  • Los estudiantes cuyas trayectorias escolares se vieron afectadas por la pandemia tienen derecho a acciones de acompañamiento que garanticen la continuidad y terminalidad de la educación obligatoria en todo el país.

Casos de uso

  • Un adolescente en riesgo de abandonar la secundaria tras la pandemia que recibe acompañamiento para completar sus estudios.
  • Una escuela que aplica dispositivos de seguimiento pedagógico y mapas de riesgo de abandono para localizar y retener a sus alumnos.

Preguntas frecuentes

Establecer una estrategia integral para garantizar el derecho a la educación de las personas cuyas trayectorias escolares se vieron afectadas por la pandemia de COVID-19, asegurando la continuidad y la terminalidad de los niveles obligatorios, en el marco de la Ley de Educación Nacional 26.206 (artículo 1°).