Artículo 6Inversiones y bienes alcanzados por el Programa
Texto oficial
El Programa creado en el artículo comprende las
inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura
-excluidas las obras civiles ajenas al proceso industrial, conforme el
alcance que precise la autoridad de aplicación- realizadas por empresas
industriales radicadas en la República Argentina y destinadas
directamente a la producción de los bienes y/o desarrollo de
actividades que se detallan a continuación:
a) Automóviles;
b) Utilitarios de hasta mil quinientos kilogramos (1.500 kg) de de carga;
c) Comerciales livianos de más de mil quinientos kilogramos (1.500 kg)
y hasta cinco mil kilogramos (5.000 kg) de de carga;
d) Camiones, chasis con y sin cabina y ómnibus;
e) Motores de combustión interna, híbridos, eléctricos, a gas natural
licuado, a gas natural comprimido, a biogás, a celdas de combustible, y
todo tipo de biocombustible, y otros, y sus componentes de los bienes
comprendidos en los incisos a), b), c) y d) de la presente ley;
f) Cajas de transmisión y sus componentes de los bienes comprendidos en los incisos a), b), c) y d) de la presente ley;
g) Ejes con diferencial y sus componentes de los bienes comprendidos en los incisos a), b), c) y d) de la presente ley;
h) Otros sistemas de autopartes, conjuntos y subconjuntos de los bienes
comprendidos en los incisos a), b), c) y d) de la presente ley;
i) Otras partes y piezas de los bienes comprendidos en los incisos a), b), c), d), e), f), g) y h) de la presente ley;
j) Procesos industriales (pintura, mecanizado, forja y fundición, entre
otros) de los bienes comprendidos en los incisos a), b), c), d), e),
f), g), h) e i) de la presente ley.
La precisará el alcance de los bienes
comprendidos en los incisos h) e i) y de las actividades enunciadas por
el inciso j), en función de las posibilidades de mayores o nuevos
desarrollos que coadyuven a incrementar la integración local del bien o
proceso que conforman, así como las inversiones mínimas y demás
exigencias requeridas en cada caso.
Qué significa en la práctica
Delimita qué inversiones entran en el Programa: bienes de capital nuevos y obras de infraestructura (no las obras civiles ajenas al proceso industrial) hechas por empresas industriales radicadas en el país. Enumera los bienes y actividades cubiertos: automóviles; utilitarios de hasta 1.500 kg; comerciales livianos de más de 1.500 y hasta 5.000 kg; camiones, chasis y ómnibus; motores de todo tipo de propulsión y sus componentes; cajas de transmisión; ejes con diferencial; sistemas de autopartes; otras partes y piezas; y procesos industriales (pintura, mecanizado, forja, fundición). La precisa el alcance de las autopartes y procesos y las inversiones mínimas exigidas.