Resumen ejecutivo
El 30 de diciembre de 2004, un estrago en el local bailable República Cromañón mató al menos a 194 personas y dejó miles de heridos. Casi dieciocho años después, esta ley declara de utilidad pública y sujetos a , en los términos de la Ley de Expropiaciones, los dos inmuebles del predio: Bartolomé Mitre 3038/78 y Jean Jaures 51 (circunscripción 9, sección 13, manzana 76, parcelas 3 y 8). No los expropia para cualquier uso: los destina a un espacio de memoria, con una muestra permanente sobre lo ocurrido y actividades culturales e informativas (art. 2°). La ley protege el lugar como prueba: obliga a conservar los elementos testimoniales de la masacre y a hacer conservación preventiva, curativa y de restauración (art. 3°), y extiende la protección del Estado a la calle aledaña y al “Santuario” que familiares y sobrevivientes armaron espontáneamente afuera del local, porque considera que los tres componen una “unidad de sentido” (art. 4°). La administración del espacio queda a cargo de la pero con participación obligatoria de los familiares de las víctimas fatales y de los sobrevivientes (art. 5°). El valor a indemnizar lo fija el Tribunal de Tasaciones de la Nación (art. 6°).Objetivo
Expropiar los predios de República Cromañón y convertirlos en un espacio de memoria de las 194 víctimas fatales de la tragedia del 30 de diciembre de 2004.Problema que resuelve
Los inmuebles donde ocurrió la tragedia de Cromañón seguían en manos privadas y sin protección legal. El lugar, sus marcas materiales y el santuario levantado por familiares y sobrevivientes podían perderse, y no había un espacio de memoria formal que preservara lo ocurrido.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes