Las cuotas incluidas en el Plan de Pagos, previa aceptación por parte de la persona solicitante, serán descontadas por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) de manera directa del haber jubilatorio que se obtenga a través del presente Programa, mediante el procedimiento que establezca la reglamentación y sujetas a la movilidad establecida por el Art. 32 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y sus modificatorias.
Qué significa en la práctica
Las cuotas del Plan, previa aceptación de la persona, se descuentan del haber jubilatorio que se otorgue.