Ley 27.712

Artículo 6Crea la Comisión Nacional de Formación y Desarrollo de Enfermería

Texto oficial

Creación. Créase la Comisión Nacional de Formación y Desarrollo de Enfermería, como organismo de asesoramiento técnico a los fines de brindar recomendaciones sobre cualificaciones profesionales, certificaciones educativas y estrategias para la mejora continua de la formación y el desarrollo del trabajo profesional de enfermería.

Qué significa en la práctica

Crea la Comisión Nacional de Formación y Desarrollo de Enfermería como organismo de asesoramiento técnico. Es el órgano que va a definir, en concreto, los estándares de calidad de la formación.

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