Ley 27.732

Artículo 2Objeto: acceso a detección, diagnóstico y tratamiento en todo el país

Texto oficial

El objeto del programa es garantizar el acceso a la detección, diagnóstico y tratamiento integral para el abordaje de la pubertad precoz (PP) en niñas y niños, en todo el territorio de la República Argentina.

Qué significa en la práctica

El objeto del programa es garantizar el acceso a la detección, el diagnóstico y el tratamiento integral de la pubertad precoz en niñas y niños en todo el territorio nacional. La palabra clave es acceso: el tratamiento existe, pero es caro y su cobertura efectiva variaba mucho según dónde viviera la familia.

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