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Reglamentación Etiquetado Frontal
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Art. 4
Ley 151
Artículo 4
Vigencia del decreto
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Texto oficial
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Qué significa en la práctica
El
Reglamentación Etiquetado Frontal
entró en vigencia el 23 de marzo de 2022, día de su publicación en el Boletín Oficial.
Efectos prácticos
•
Desde el 23/03/2022 los fabricantes conocen las reglas técnicas precisas para implementar los sellos.
•
Las grandes empresas tienen hasta el 10 de mayo de 2022 (180 días desde la promulgación de la ley) para comenzar a cumplir.
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