Ley 151

Artículo Anexo I - Art. 3Sujetos obligados — alcance ampliado

Texto oficial

ARTÍCULO 3°.- Los sujetos obligados son todas las personas humanas o jurídicas que fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, transporten, almacenen, distribuyan, importen, exporten, comercialicen o pongan a disposición de los consumidores en el país alimentos envasados y bebidas analcohólicas, cualquiera sea su procedencia o lugar de elaboración. Quedan incluidos los establecimientos de comercio electrónico y plataformas de ventas digitales.

Qué significa en la práctica

El decreto añade expresamente el comercio electrónico y plataformas digitales a la lista de obligados. Mercado Libre, PedidosYa, Rappi y similares deben cumplir cuando venden alimentos envasados.

Ejemplo práctico

Mercado Libre no puede permitir la venta de productos que deberían tener sello y no lo tienen.

Efectos prácticos

  • Las plataformas de e-commerce deben verificar que los productos listados tengan los sellos correctos.
  • Los deliveries que venden alimentos envasados (no preparados) también están alcanzados.
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